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GOBIERNO DESIGNACIÓN, REMOCIÓN RESPONSABILIDAD (DESIGNACIÓN…
GOBIERNO
DESIGNACIÓN,
REMOCIÓN
RESPONSABILIDAD
DESIGNACIÓN
INTERVENCIÓN
DEL CONGRESO
EN LA CONSTITUCIÓN
DEL GOBIERNO
Primer paso constitución Gobierno:
designar Presidente,
CANDIDATO: propuesto por el rey a través
del presidente del Congreso art 99 CE
MOCIÓN DE CENSURA ART 114 CE
RESTO MIEMBROS GOBIERNO: nombrados y
separados por el Rey a propuesta Presidente
Gobierno art 100 CE
DESIGNACIÓN Y
NOMBRAMIENTO
DEL PRESIDENTE
FORMAS DE
DESIGNANCION
ORDINARIA
Por renovación del Congreso o por dimisión,
falta respaldo del Congreso en cuestión
confianza o fallecimiento
1.- Propuesta por el Rey de un candidato,
a través del Presidente Congreso, previa consulta
a los representantes de los Grupos políticos con
representación parlamentaria
2.- Exposición programa político
por el candidato y solicitud de confianza
de la Cámara
3.- Votación investidura
1ª votación: MAYORIA ABSOLUTA
2ª votación: MAYORÍA SIMPLE (tras 48 horas)
4.- Nombramiento por el Rey, refrendado
por el Presidente del Congreso
5.- en caso de FALTA CONFIANZA
del congreso: se votan nuevas propuestas
de candidato, si a LOS 2 MESES de la primera
votación ningún candidato obtiene la confianza,
el REY DISOLVERÁ LAS CÁMARAS y convoca
nuevas elecciones generales (refrendo Presidente
Congreso)
EXTRAORDINARIA o
MOCIÓN DE CENSURA
Por aprobación POR MAYORÍA ABSOLUTA
del Congreso de la moción de Censura
La moción de censura siempre debe
incluir un candidato (moción constructiva);
que en caso de triunfar la moción queda
AUTOMÁTICAMENTE investido presidente
con la confianza de la Cámara
NOMBRAMIENTO Y
JURAMENTO
Nombrado por el Rey
Refrendado por el Presidente Congreso
Juramento según fórmula RD 707/1979 de 5 de Abril,
jurando o prometiendo, lealtad al Rey y hacer guardar la
Constitución
DESIGNACIÓN Y
NOMBRAMIENTO
VICEPRESIDENTE
Designado/propuesto por el
Presidente del Gobierno
Nombrado por el Rey
Juramento igual Presidente +
obligación guardar secreto deliberaciones
Consejo de Ministros
No es obligatorio que exista
Vicepresidente
DESIGNACIÓN Y
NOMBRAMIENTO
MINISTROS
Nombrados por el Rey
Designados/propuestos por el Presidente del Gobierno
Por RD, firmado por el Rey y refrendado por el Presidente
Juramento igual Presidente+ obligación guardar secreto deliberaciones Consejo Ministros
REMOCIÓN
(el Gobierno dura lo
que dura el Presidente)
REMOCIÓN DE LOS MIEMBROS
INTEGRANTES DEL GOBIERNO
Presidente
Dimisión voluntaria
Dimisión obligatoria: moción de
censura o cuestión de confianza
fallida)
Renovación Congreso
Fallecimiento: el Vicepresidente
asume las funciones, pero el Gobierno
en bloque cesa, pero en funciones hasta
toma posesión nuevo Gobierno
Vicepresidente
Mismos casos Presidente
Por cese o separación a propuesta
del Presidente, por RD del Rey refrendado
por el Presidente
Ministros
Mismos casos vicepresidente
CESE DEL GOBIERNO
Art 101 CE
Por celebración elecciones generales
Perdida cuestión confianza (art 112 y 114 CE)
Perdida moción de censura (Art 113 CE)
Dimisión del Presidente
Fallecimiento Presidente
Supuesto especial: art 115 CE: el presidente, tras deliberación Consejo de Ministros, propone disolución del Congreso, fijando en el RD de disolución fecha de elecciones.
EL GOBIERNO
EN FUNCIONES
Art 101.2 CE: El Gobierno cesante continúa en funciones
hasta la TOMA DE POSESIÓN del nuevo Gobierno
SUSTITUCIÓN DE LOS
MIEMBROS DEL GOBIERNO
Ausencia (viajes..), enfermedad o vacante, por
RD se establece quien asume la dirección del
Ministerio, normalmente otro ministro.
RESPONSABILIDAD
DEL GOBIERNO
RESPONSABILIDAD
MIEMBROS DEL GOBIERNO
Presidente
Responsabilidad
criminal
Aforado; art 102 CE: Sala de lo Penal TS
Responsabilidad
politica
Responsabilidad solidaria del Gobierno
ante el Congreso (mocion de censura y cuestión
confianza)
Responsabilidad civil
o patrimonial
Aforado ante Sala Civil TS
Vicepresidente
Igual Presidente civil y Penal
Política: por regla solidaridad
Ministros
Igual Presidente Civil y Penal
Política por regla solidaridad