UNIDAD DE COMPETENCIAS VI CONTRATOS ACCESORIOS Y DE GARANTÍA
noción de contratos accesorios de garantía
contrato de hipoteca
6.2.1 concepto
6.2.2 clasificación
6.2.3 elementos
6.2.5 derechos
6.2.6 extinción Art 7.1145
6.2.4 requisitos de eficacia
especie de los contratos que se suscriben con la finalidad de asegurar el cumplimiento de otro contrato principal.
Su objeto es una prestación accesoria que sólo deviene exigible en caso de que no se cumpla la prestación del contrato principal.
Art 7.1097 es un derechos real constituido sobre bienes que no se entregan al acreedor y que da derecho a este, en caso de incumplimiento.
de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes , en el grado de preferencia establecido por la ley.
hipoteca voluntaria
hipoteca necesaria
hipoteca inversa
convenida entre las partes o impuesta por disposición del propietario de los bienes sobre los que se constituye
hipoteca especial y expresa por disposición de la ley
constituye sobre un inmueble para garantizar el capital que se le concede por pensionario
elementos de existencia
elementos de validez
objeto
el concentimiento
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El acreedor debe aceptar que el bien sea utilizado para garantizar el cumplimiento de la obligación principal.
El deudor aceptara que en caso de no cumplir la obligación, el acreedor podrá solicitar la venta del bien y cobrar con el importe generado.
Tiene que ser jurídica y físicamente posible por que debe existir y estar dentro del comercio. Además debe ser determinado, enajenable y generalmente recae sobre bienes inmuebles.
capacidad
forma
El deudor hipotecario requiere:
Debe tener capacidad general para contratar, ser el titular del bien o estar autorizado legalmente para hipotecarlo.
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Si la ley exige el otorgamiento de escritura pública u otra forma especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato
se expropie el bien hipotecado
se remate judicialmente el bien hipotecado
se resuelve o se extinga el derecho del deudor sobre el bien hipotecado
haya remisión expresa del acreedor
se extinga la obligación que sirvió de garantía
se declare prescrita la acción hipotecaria
se extinga el bien hipotecario
se consolide o confunda la propiedad del bien hipotecado en el acreedor
Art 7.1108 la hipoteca esta constituida sobre los derechos reales durará mientras estos subsistan
Art el derecho sobre el usufructo si el derecho fuere el usufructo y este concluyera por la voluntad del usufructuario
legitimación para hipotecar: constituida por el deudor o un tercero
facultad para hipotecar y bienes hipotecables
derecho del acredor para que se mejore la hipoteca
determinación y disminución del valor
garantizar el crédito
la hipoteca no tiene plazo cierto
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