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ARTICULO 123 (APARTADO "A"
JORNALEROS, EMPLEADOS DOMÉSTICOS,…
ARTICULO 123
APARTADO "A"
JORNALEROS, EMPLEADOS DOMÉSTICOS, ARTESANOS
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Salarios
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Profesionales
Áreas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales
A trabajo igual, salario igual
El salario quedara exceptuado de embargo, compensación o descuento
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A actividades extraordinarias, pagos adicionales
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Pago de indemnizaciones, incapacidad o muerte
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En caso de quiebra o concurso mercantil, se debe priorizar el pago de sueldos, indemnizaciones u lo que aplique
Las deudas adquiridas con el patrón sólo corresponden al trabajador, no aplica para los dependientes del empleado
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El patrimonio familiar no está sujeto a gravamen o embargo, sólo será transmisible a título de herencia
Ley del IMSS
Seguro de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria de trabajo, de enfermedades y accidentes
Las sociedades cooperativas serán consideradas para utilidad social para la construcción de vivienda económica
Es responsabilidad de las autoridades federales los asuntos relativos a las actividades señaladas en el numeral XXXI.
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