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3.2 El depósito (3.2.3 Clasificación (• Bilateral. (21020792-Sonre-r…
3.2 El depósito
3.2.1 Concepto
Depositario recibe de otro depositante
y restituirla cuando sea reclamada.
con la obligación de guardarla
entrega una cosa mueble
3.2.2 Breve
referencia histórica
Real,
unilateral o bilateral
(según sea gratuito o retribuido),
Esencia del depósito
primordial finalidad de custodia
Remota al Derecho Romano
3.2.3 Clasificación
• Bilateral.
• Conmutativo.
• Oneroso o Gratuito.
• Principal.
• Consensual.
3.2.4 Derechos y obligaciones
DERECHOS
DEPOSITARIO
a la retribución.
por justa causa, devolver el bien antes del plazo convenido
el depositario puede devolver el depósito notificando al depositante con ocho días de anticipación
DEPOSITANTE
Pedir la restitución de la cosa cuando lo quiera
Ser indemnizado por el depositario de los perjuicios que se le hayan irrogado
OBLIGACIONES
DEPOSITARIO
Recibir la cosa objeto de contrato.
Guardar y conservar la cosa depositada
Restituir la misma cosa depositada al depositante en el lugar, forma y tiempo convenido.
DEPOSITANTE
Entregar la cosa objeto del contrato en el tiempo, lugar y forma convenida.
Entregar la cosa objeto del contrato en el tiempo, lugar y forma convenida.
Pagar la retribución convenida al depositario salvo pacto en contrario.
Indemnizar al depositario todos los gastos que hay hecho para conservar la cosa
Pagar los gastos de entrega de la cosa depositada.