Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
CONTRATOS ASOCIATIVOS O DE GESTIÓN COLECTIVA (4.2 CONTRATOS DE ASOCIACIÓN…
CONTRATOS ASOCIATIVOS O DE GESTIÓN COLECTIVA
4.1 NOCIÓN DE CONTRATOS ASOCIATIVOS O DE GESTIÓN COLECTIVA
Son aquellos contratos donde dos o mas personas físicas se constituyen para obtener un fin común ya sea económico o sin fines de lucro.
4.2 CONTRATOS DE ASOCIACIÓN CIVIL
Art 7.885 Es un contrato por el cual se reúnen de manera que no sea enteramente transitoria, dos o mas personas, para realizar un fin común y que no tenga carácter preponderantemente económico.
CLASIFICACIÓN
Bilateral
Consensual
intuitu personae
Tracto sucesivo
Nominado
ELEMENTOS
Consentimiento
Acuerdo de voluntades
Objeto
La conducta de las partes, manifestada como una prestación o como una abstención.
Forma
La ley exige que se celebre por escrito, formal
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Derechos de los asociados
Asistir a las asambleas que se convoquen
A un voto por persona en las asambleas
A solicitar que se convoque asamblea general
A separarse de la asociación
A vigilar que el patrimonio social se destine precisamente al logro del objetivo
De las obligaciones de los asociados
A cooperar, en los términos del contrato social
A acatar y respetar el estatuto social
Abstenerse de votar en las decisiones que se encuentren directamente interesados en ellos
ADMINISTRACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
Asociación es una persona jurídica, con aptitud de ser titular de derechos y obligaciones, debe tener un representante.
Puede ser una persona física de la asociación
EXTINCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
a) Por acuerdo tomado legalmente en la asamblea general
b) Por haber concluido el plazo fijado en el estatuto
c) Por haber realizado cabalmente el objeto social
d) Por hacerse imposible la realización del objeto
e) Para volverse incapaz de realizar el objeto, y
f) Por resolución dictada por autoridad competente.
4.3 CONTRATO DE SOCIEDAD CIVIL
Art. 7.909 La sociedad civil se constituye mediante un contrato, por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin de carácter preponderantemente económico.
CLASIFICACIÓN
Principal
Bilateral
intuito personae
Formal
ELEMENTOS
Consentimiento
Acuerdo de voluntades
Objeto
Es variado
Forma
Es formal, por que la le exige que en todo caso conste por escrito
Licitud
Los fines deben ser licitos
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS
Derechos
Asistir a las asambleas que se convoquen con voz y voto
La calidad del voto es en proporción al monto de sus aportaciones
Al reparto de utilidades
En la liquidación
A no ser excluidos
Participar en la administración
Examinar el estado de los negocios sociales
Exigir rendición de cuentas cuando sean mayoría
A separarse de la sociedad
Obligaciones
A combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización del objeto social
Respetar y cumplir con el estatuto
No entorpecer la administración de la sociedad
Responder a las operaciones sociales con el monto de su aportación
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL
Disolución
Voluntad de los socios, tomada por una resolución en la asamblea
Por vencimiento del plazo fijado en el contrato
Por haberse realizado el objeto social
Por muerte del socio industrial
Por resolución judicial