Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS clasificacion-de-normas-jurdicas-1…
CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
Desde el punto de vista del sistema a que pertenecen: Todo precepto de derecho.
• Nacionales: Se aplican solo en el territorio de un país.
• Extranjeras: Se aplican en territorio extranjero, aunque también en el nacional.
• De derecho uniforme: Dos o más estados adoptan ciertas normas comunes, destinadas a la regulación de determinadas situaciones jurídicas.
Desde el punto de vista de su fuente: Los preceptos del derecho pueden ser formulados por órganos especiales.
• Legislativas: Creados por órganos especiales, a través de un proceso regulado formalmente.
-
-
-
Desde el punto de vista de su ámbito espacial de validez: Es la porción del espacio en que un precepto es aplicable.
-
-
-
Desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez: Está constituido por el lapso durante el cual conserva su vigencia.
• De vigencia determinada: Aquellas cuyo ámbito temporal de validez formal se encuentra establecido de antemano.
-
-
Desde el punto de vista de su ámbito material de validez: Índole de la materia que regulan.
• De derecho público: Art. 8 del propio ordenamiento dispone: “Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público serán nulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo contrario.
-
-
-
-
-
-
-
• De derecho privado: Art. 6 del CCDF dice que: “La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla, ni modificarla”.
-
Desde el punto de vista de su ámbito personal de validez: Por los sujetos a quienes obliga.
• Genéricas: Las que obligan o facultan a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto sujeto de disposición normativa.
• Individualizadas: Las que obligan o facultan a uno o varios miembros de la misma clase, individualmente determinados.
-
Desde el punto de vista de su jerarquía: Los preceptos que pertenecen a un sistema jurídico pueden ser del mismo o de diverso rango.
-
-
-
-
-
Desde el punto de vista de sus sanciones: Inspirándose en doctrinas romanas, el jurista ruso N. Korkounov.
• Leges perfectae: Aquellas cuya sanción consiste en la inexistencia o nulidad de los actos que los vulneran.
• Leges plus quam perfectae: Los preceptos sancionados mediante un castigo y exige además una reparación pecuniaria.
• Leges minus quam perfectae: Aquellas cuya violación no impide que el acto violatorio produzca efectos jurídicos, pero hace al sujeto acreedor a un castigo.
-
-
Desde el punto de vista de su cualidad: Se trata de que permitan o prohíban una acción u omisión.
-
-
-
Desde el punto de vista de sus relaciones de complementación: Normas jurídicas que tienen por si mismas sentido pleno, en tanto que otras sólo poseen significación cuando se les relaciona con preceptos del primer tipo.
-
-
-
Desde el punto de vista de sus relaciones con la voluntad de los particulares.
• Taxativas: Aquellas que obligan en todo caso a los particulares, independientemente de su voluntad.
• Dispositivas: Las que pueden dejar de aplicarse, por voluntad expresa de las partes, a una situación jurídica concreta.
-