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Contrato de Permuta: Artículo 7.605.- La permuta es un contrato por el…
Contrato de Permuta: Artículo 7.605.- La permuta es un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a
darse un bien por otro.
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Derechos de los permutuantes
Para los permutantes se generan los mismos derechos que para las partes que intervienen en el contrato de Compraventa. Ejemplo: La permuta de cosa ajena, ratificada (mediante Escritura Pública) después por el dueño, confiere al permutante (que la adquiere) los derechos de tal (de dueño) desde la fecha de la permuta.
Obligaciones de los permutuantes
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Entregar la cosa (tradición), en los regímenes jurídicos en que sin ello no se perfecciona la transferencia de la propiedad.
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Pagar la parte que corresponda por Ley de los gastos de escritura y registro (salvo pacto en contrario).
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Clasificación
del contrato de permuta
Contrato Principal, Bilateral. Oneroso, Conmutativo, Con forma restringida, Nominado, Consensual
Elementos de existencia
Consentimiento. Es el acuerdo de voluntades no solo en cuanto a la creación de obligaciones, sino también en lo concerniente al objeto material del contrato.Objeto. Contempla dos características: el objeto jurídico y el material. El objeto jurídico, a su vez, se divide en directo e indirecto. El primero es la creación de obligaciones; y el segundo es la función de dar.
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