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ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL (CASO URGENTE (La ordena el MP (Fundada y…
ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL
GARANTÍA DE LEGALIDAD
Actos de molestia
Afectación temporal
Familia
Domicilio
Papeles
Posesiones
Necesidad de mandamiento
Fundado
Citar la norma aplicable
Motivado
Adecuación de la norma al caso concreto
Razonamientos lógicos
Emitido por autoridad competente
Por escrito
Excepto
Procedimiento oral en forma de juicio
Cualquier medio que dé certeza
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
ORDEN DE APREHENSIÓN
Sólo por autoridad judicial
Denuncia o querella
Hecho que la ley señale como delito
Pena privativa de libertad
Datos suficientes para establecer
Existencia del hecho
Probable participación
FLAGRANCIA
Detención
Al momento de cometer un delito
Inmediatamente después de cometerlo
Puesta a disposición sin demora
Registro inmediato
CASO URGENTE
Delito grave
Riesgo fundado de sustracción
Imposible acudir al juez
La ordena el MP
Fundada y motivada
ARRAIGO
Lo ordena el Juez
Máximo 40 días
Prórroga otros 40
A petición del MP
:check:
Delincuencia O.
Organización de hecho
3 o más personas
Cometer delitos
Éxito de la investigación
Protección de personas
Riesgo de sustracción
RETENCIÓN MINISTERIAL
48 horas
96 en D.O.
COMUNICACIONES PRIVADAS INVIOLABLES
Excepto :check:
Intervención
Ordenada por Juez federal
Fundada y motivada
:no_entry: NO
Electoral
Fiscal
Mercantil
Civil
Laboral
Administrativo
Detenido-defensor
Deber de confidencialidad
Aportación voluntaria
JUEZ DE CONTROL
Medidas cautelares
Providencias precautorias
Técnicas de investigación
VISITAS DOMICILIARIAS
Autoridad Administrativa
Reglamentos sanitarios y de policía
Correspondencia :forbidden: registro
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El Juez debe ratificar la detención
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