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CONTROL CONSTITUCIONAL POR EL CONSEJO DE ESTADO (HECHOS IMPORTANTES (En…
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El consejo de Estado fue creado en el año 1871 por Simón Bolívar, fue suspendido y abolido por reformas constitucionales en 1843.
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El Acto legislativo 03 de 1910 estableció que la ley debía reglamentar la jurisdicción contencioso administrativa y seguido de esto se expide la ley 130 de 1913.
Actualmente Colombia maneja un sistema de control constitucional difuso o dual. Este control constitucional difuso o dual dio inicio desde el año de 1812.
En 1832 se dispone que el congreso debe oir las dudas relativas a la constitucionalidad de las leyes.
Con las Constituciones de 1858 y 1863 se admite la posibilidad de anular los actos del legislador por razones de inconstitucionalidad.
En 1886 la Constitucion decide eliminar todo control judicial sobre leyes, admite unicamente el control previo sobre los proyectos de ley.
La ley 57 de 1887 en su Articulo 05 regulaba el momento en el que había incompatibilidad entre una dispocisión legal y una constitucional.
Con el Articulo 6 de la ley 153 de 1887 se admite que una dispocisión expresa de la ley posterior a la constitución se reputa constitucional y se aplicara aun cuando parezca contraria a la constitución.
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Cuando se expidió la Constitución de 1991 se creyó que al crearse en la Corte Constitucional, se iba a implementar el control concentrado de constitucionalidad, pero en realidad la Constitución de 1991 tuvo ese control difuso y repartido entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.
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