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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (Capitulo 2 Del Federalismo Educativo (Articulo…
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Capitulo 1
Disposiciones Generales
Articulo 1
Regula la Educación
Federación
Entidad Federativa
Municipios
Articulo 2
Todo individuo tiene derecho a la Educación
Articulo 3
El estado esta Obligado a prestar Educación
Preescolar
Secundaria
Primaria
Articulo 4
Obligación
Los mexicanos deben hacer que sus hijos cursen la educación básica
Articulo 5 y 6
La educación impartida por el estado debe ser
Laica
Gratuita
Articulo 7
Debe contribuir al desarrollo integral del individuo
Articulo 8
criterio que orienta a la educación
políticas publicas del estado
democráticas
nacionales
que contribuyan a la mejor convivencia
Articulo 9
El estado atenderá
Todos los tipos y modalidades educativas
Articulo 10
Contribuye el sistema educativo nacional
Educandos y educadores
Las autoridades educativas
El consejo nacional técnico de la educación
Los planes y programas, métodos y materiales educativos
Articulo 11
esta ley deberá ser atendida por:
Autoridad educativa local
Consejo nacional técnico de la educación
Autoridad educativa federal
Autoridad educativa municipal
Capitulo 2 Del Federalismo Educativo
Articulo 12
Es responsable de la autoridad educativa federal
Articulo 13
Es responsabilidad prestar los servicios de educación básica incluyendo la indigena
Articulo 14
Corresponde a las autoridades educativas federales y locales
ingreso
promoción
reconocimiento
permanencia en el servicio profesional docente
Articulo 15
El ayuntamiento de cada municipio deberá promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o modalidad
Articulo 16
La educación inicial, básica y especial, estarán a cargo del gobierno del distrito
Articulo 17
Las autoridades educativas federales y locales, intercambiaran opiniones sobre el desarrollo del sistema educativo nacional
Articulo 18
Formulación de planes y programas de estudio para dichas instituciones
Expedición de certificados, constancias, diplomas y títulos con validez oficial
Articulo 19
Es responsabilidad de las autoridades educativas locales distribuir oportuna, completa, amplia y efectivamente
Los libros de texto gratuito y materiales educativos que la secretaria proporcione
Articulo 20
Las autoridades educativas constituirán el sistema de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros
Articulo 21
El educador
es
Promotor
Facilitador
Coordinador
Agente directo
Articulo 22
Las autoridades educativas, revisaran permanentemente las disposiciones, tramites y procedimientos
para reducir las cargas administrativas de los maestros
Articulo 23
Esta obligada a establecer y sostener escuelas , cuando el numero de alumnos sea mayor a 20, quedaran en dirección administrada por la autoridad educativa local
Articulo 24
Servicio social obligatorio para todos aquellos que recibieron educación
Articulo 25
El presidente y gobernador financiaran la educación publica y servicios educativos
Articulo 26
El gobierno dará a cada municipio recursos para que cumplan las responsabilidades del art. 15
Articulo 27
El gobierno y el federal harán prioritario la educación publica para el desarrollo nacional
Articulo 28
Son de interés social las inversiones para la educación que realicen el estado, sus organismos descentralizados y sus particulares
Articulo 29
Corresponde de la secretaria la evaluación del sistema educativo nacional
Articulo 30
Las instituciones escolares colaboraran en la evaluación de alumnos, docentes y directivos
Articulo 31
Las autoridades educativas darán a conocer a los maestros, alumnos, padres de familia y a la sociedad en general, los resultados de las evaluaciones que realicen,