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SERVIDUMBRES (POR RAZON DE SU EJERCICIO (DISCONTINUAS (Son aquellas que…
SERVIDUMBRES
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SE SUBDIVIDEN
LEGALES
Son legales en estricto sentido las que impone el legislador para beneficio particular o colectivo, a pesar de que no las motive la situación de los predios.
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NO APARENTES
son las que no se manifiestan por ningún signo, como la prohibición de elevar un edificio a cierta altura.
APARENTES
son aquellas que se anuncian por signos exteriores como un portón, una ventana para la vista.
NEGATIVAS
Es aquella mediante la cual el titular tiene derecho de impedir al propietario del fundo sirviente hacer cualquier cosa que, en fuerza de su derecho de propiedad, estaría facultado para hacer. Estas servidumbres sólo pueden ser continuas o no aparentes.
LEGALES
Las servidumbres legales son aquellas impuestas por la ley como consecuencia natural de la situación de predios y tomando en cuenta un interés particular o colectivo.
AFRIMATIVAS O POSITIVAS
Es aquella que permite al propietario del fundo dominante cumplir cualquier acto sobre el fundo sirviente. Estas servidumbres pueden ser, continuas o discontinuas, aparentes o no aparentes.
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