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DERECHO CIVIL BIENES Y SUCESIONES (Formas de adquisición (Las…
DERECHO CIVIL BIENES Y SUCESIONES
Clasificación de los bienes
Son bienes inmuebles
Por su naturaleza, aquellos que no pueden trasladarse de un lugar a otro, ya por sí mismos o por efecto de una fuerza exterior sin que se alteren en su substancia y en su forma. Siempre se considerarán como tales:
I. El suelo y las construcciones adheridas a él;
II. Las plantas y árboles, mientras estuvieren unidas a la tierra, y los frutos pendientes de los mismos mientras no sean separadas de ellos por cosechas o cortes regulares;
III. Todo lo que esté unido a un inmueble de manera fija, de modo que no pueda ser separado sin deterioro de él o del objeto a él adherido;
Son bienes muebles
muebles por su naturaleza, los cuerpos que puedan trasladarse de un lugar a otro, ya por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior, sin que se altere su substancia y forma
Posesión
. Es poseedor de un bien quien ejerce sobre él un poder de hecho. Posee un derecho el que usa o goza de el.
Formas de adquisición
La adquisición primitiva
es la que se refiere a la cosa que no ha estado en el)
patrimonio de persona alguna, esto es, que nunca durante su existencia real
jurídica ha estado en propiedad de nadie (ocupación de bienes sin dueño,
compraventa de cosa nueva)
Las transmisiones onerosas s
Las transmisiones intervivos
c) La prescripción positiva o usucapión
d) La ley
b) La sucesión
e) La ocupación
a) El contrato
f) La apropiación
g) La accesión
Medio de defensa
LONGI TEMPORIS
PARA FUNDOS PROVINCIALES CON POSESIÓN
LONGISSIMI TEMPORIS
MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL PARA CUALQUIER POSEEDOR (BUENA O MALA FE) FRENTE A TODA CLASE DE COSAS COMERCIALES O ADQUIRIDAS EN FORMA VIOLENTA