Con la promulgación de la Ley de Sociedad de convivencia para la ciudad de México (antes Distrito Federal) en el año 2006, se moderniza la situación de que los géneros ya no deben ser diferenciados y reglamentados, todas las personas tienen los mismos derechos y obligaciones sin importar sexo, raza, religión o posición económica, por lo tanto, toda persona puede contraer matrimonio con otra sin importar su sexo o género, se respeta la igualdad. Se encausa a la comunidad lésbico-gay, sin embargo, se obliga a los convivientes (dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena), a establecer un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua, surtiendo efectos como si fuera concubinato y las relaciones jurídicas que se derivan de él, ante cualquier tercero cuando la sociedad es registrada ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno del Órgano Político – Administrativo correspondiente.