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Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes (Reconocimiento…
Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes
La NIC 37 debe ser aplicada por todas las entidades, al proceder a contabilizar sus provisiones,
pasivos contingentes y activos contingentes.
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Un activo contingente es un activo de naturaleza posible, surgido a raíz de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser confirmada sólo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control de la entidad.
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Reconocimiento
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Pasivos contingentes
La entidad informará en notas, de la forma en que se exige en el párrafo 86, acerca la existencia de un pasivo contingente, salvo en el caso de que la posibilidad de tener una salida de recursos, que incorporen beneficios económicos, se considere remota.
Los pasivos contingentes pueden evolucionar de manera diferente a la inicialmente esperada. Por tanto, serán objeto de reconsideración continuamente, con el fin de determinar si se ha convertido en probable la eventualidad de salida de recursos, que incorporen beneficios económicos futuros.
Activos contingentes
Los activos contingentes no son objeto de reconocimiento en los estados financieros, puesto que ello podría
significar el reconocimiento de un ingreso que quizá no sea nunca objeto de realización.
Los activos contingentes han de ser objeto de evaluación de forma continuada, con el fin de asegurar que su
evolución se refleja apropiadamente en los estados financieros.
Medición
El importe reconocido como provisión debe ser la mejor estimación, al final del periodo sobre el que
se informa, del desembolso necesario para cancelar la obligación presente.
Cuando resulte importante el efecto financiero producido por el descuento, el importe de la provisión debe ser el valor presente de los desembolsos que se espera sean necesarios para cancelar la obligación.
En el caso de que la entidad espere que una parte o la totalidad del desembolso necesario para liquidar la provisión le sea reembolsado por un tercero, tal reembolso será objeto de reconocimiento cuando, y sólo cuando, sea prácticamente segura su recepción si la entidad cancela la obligación objeto de la provisión. El reembolso, en tal caso, debe ser tratado como un activo separado. El importe reconocido para el activo no debe exceder al importe de la provisión.
Las provisiones deben ser objeto de revisión al final de cada periodo sobre el que se informa, y
ajustadas consiguientemente para reflejar en cada momento la mejor estimación disponible.
Cada provisión deberá ser utilizada sólo para afrontar los desembolsos para los cuales fue
originalmente reconocida.